CANAL ÉTICO

El presente CANAL ÉTICO le permite comunicar, de manera confidencial, denuncias o irregularidades relativas a acciones u omisiones que puedan constituir infracciones conforme a lo establecido en la Directiva (UE) 2019/1937 de protección del informante y Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Son OBJETO de denuncia en este canal las acciones u omisiones que puedan constituir cualquier infracción contemplada en dicha normativa y, en este sentido:

a) Infracciones del Derecho de la Unión Europea, siempre que:

  • Se incluyan en el ámbito de aplicación de los actos enumerados en el anexo de la Directiva (UE) 2019/1937. (D.O.U.E. 26/11/2019).
  • Afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, según el Art. 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
  • Incidan en el mercado interior, según Art. 26, apartado 2 del TFUE, incluidas las infracciones en materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados, de las normas del impuesto sobre sociedades, o de prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o la finalidad de la legislación aplicable al impuesto sobre sociedades.

b) Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave.

  • Especialmente las que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

c) Infracciones del Derecho en materia de Seguridad y Salud en el trabajo.